Iniciar una organización sin fines de lucro

Crear una organización sin fines de lucro es una forma de ayudar a los demás y servir a la comunidad. En una corporación sin fines de lucro, el objetivo principal es beneficiar a la comunidad, no obtener ganancias. Esto no significa que las organizaciones sin fines de lucro no puedan generar ingresos. En cambio, los ingresos se reinvierten en la propia organización. Las ganancias se utilizan para llevar a cabo actividades que cumplan con su misión, pagar salarios dignos a sus empleados y cubrir los gastos operativos.

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) reconoce diversos tipos de organizaciones sin fines de lucro. El tipo más común es la corporación 501(c)(3), que se constituye con fines religiosos, caritativos, científicos, literarios o educativos y es elegible para exenciones fiscales federales y estatales. Entre las corporaciones 501(c)(3) típicas se incluyen organizaciones benéficas, iglesias y organizaciones religiosas, fundaciones privadas y organizaciones políticas.

Si está pensando en crear una organización sin ánimo de lucro, CLS puede ayudarle a preparar los estatutos, orientarle sobre cómo solicitar la exención de impuestos y ayudarle con otros requisitos legales.

Si ya tiene una organización sin fines de lucro establecida, CLS puede ayudarlo a revisar contratos y brindar asistencia con otros asuntos legales transaccionales. 

¿Qué necesita saber?

    Antes de iniciar una organización sin fines de lucro, investigue qué exige Florida y el Servicio de Impuestos Internos (IRS). 

    Puede encontrar los requisitos de Florida para organizaciones sin fines de lucro en el Departamento de Estado de Florida visitando su sitio web . Consulte también https://dos.myflorida.com/sunbiz/start-business/know-before-starting/.

    En el sitio web del IRS también se encuentran disponibles guías para organizaciones sin fines de lucro y recursos educativos en línea fáciles de usar.

    Podrá encontrar herramientas y recursos adicionales en el sitio web del Proyecto Legal de Desarrollo Comunitario de Florida y en el sitio web del Consejo de Organizaciones sin Fines de Lucro.

    Es recomendable consultar tanto con un abogado como con un asesor fiscal antes de iniciar una organización sin ánimo de lucro.

    Las organizaciones que cumplen con los requisitos de la sección 501(c)(3) del Código Tributario de los Estados Unidos están exentas del impuesto federal sobre la renta como organizaciones benéficas . Toda organización benéfica exenta se clasifica como una organización benéfica pública o una fundación privada.

    Las organizaciones benéficas públicas constituyen la forma más común de organización benéfica. Según el IRS, las organizaciones benéficas públicas son aquellas que (1) son iglesias, hospitales u organizaciones de investigación médica calificadas afiliadas a hospitales, escuelas, colegios y universidades; (2) tienen un programa activo de recaudación de fondos y reciben contribuciones de diversas fuentes , incluyendo el público en general, agencias gubernamentales, corporaciones, fundaciones privadas u otras organizaciones benéficas públicas; (3) reciben ingresos por la realización de actividades que promueven los fines exentos de impuestos de la organización; o (4) funcionan activamente en una relación de apoyo a una o más organizaciones benéficas públicas existentes.

    Las fundaciones privadas, en cambio, suelen tener una única fuente principal de financiación (generalmente donaciones de una familia o una sola empresa, en lugar de fondos de múltiples fuentes). El objetivo principal de la mayoría de las fundaciones es otorgar subvenciones a otras organizaciones benéficas y a particulares, en lugar de gestionar directamente programas benéficos.

    En general, ninguna organización puede calificar para el estatus de la sección 501(c)(3) si una parte sustancial de sus actividades consiste en intentar influir en la legislación (comúnmente conocido como cabildeo). Una organización 501(c)(3) puede participar en cierto grado de cabildeo, pero un exceso de actividad de cabildeo conlleva el riesgo de perder el estatus de exención de impuestos. Si el propósito de la organización es mejorar el bienestar cívico y la intención es participar en un cabildeo sustancial, la acción apropiada podría ser solicitar la designación 501(c)(4). Cada año, la organización sin fines de lucro deberá informar al IRS los montos gastados en actividades de cabildeo, como parte de su proceso de presentación del Formulario 990. Más adelante en este artículo se proporciona más información sobre el Formulario 990. Consulte con un abogado antes de tomar una decisión entre una estructura de organización sin fines de lucro 501(c)(3) y una 501(c)(4). Puede encontrar más información aquí.

¿Qué es lo que hay que hacer?

    Al constituir una corporación sin fines de lucro, deberá elegir un nombre comercial único, distinto de los nombres comerciales ya registrados en el Departamento de Estado de Florida. Puede realizar una búsqueda de nombres en línea.

    El nombre de una corporación sin fines de lucro debe incluir la palabra “corporación”, “compañía” o “incorporado”, o la abreviatura “Corp.”, “Inc.” o “Co.”, o la designación “Corp”, “Inc” o “Co” para indicar que es una corporación en lugar de una persona natural, sociedad u otra entidad.  

    También debes verificar si el nombre que deseas usar está registrado como marca comercial. Puedes realizar una búsqueda a nivel nacional utilizando el buscador de patentes y marcas comerciales de los Estados Unidos . Asimismo, debes realizar una búsqueda de marcas comerciales en Florida.

    En Florida, una corporación sin fines de lucro se forma mediante la presentación de los artículos de constitución ante la División de Corporaciones del Departamento de Estado de Florida. Si la organización sin fines de lucro tiene la intención de solicitar la exención de impuestos ante el Servicio de Impuestos Internos, debe buscar la ayuda de un abogado antes de presentar sus artículos de constitución para asegurarse de que se incluya el texto requerido por el IRS.

    Según la ley de Florida, una organización sin fines de lucro debe contar con al menos tres miembros en su junta directiva, quienes generalmente prestan sus servicios de forma voluntaria. Estas personas deben ser identificadas antes de presentar los estatutos de la organización ante el Estado.

    Para su organización sin fines de lucro, necesitará un agente registrado y un fundador. Un agente registrado es una empresa o persona física que acepta recibir notificaciones legales, como la citación y la demanda, cuando una entidad comercial es parte en un proceso judicial. Un fundador es la persona que constituye la corporación (es decir, quien presenta los estatutos ante la División de Corporaciones).

    Debe pagar una tasa para presentar los estatutos de constitución y una tasa adicional para designar un agente registrado. También puede optar por obtener una copia certificada de los estatutos presentados o un certificado de estatus por un costo adicional. Estos documentos opcionales pueden ser útiles si planea solicitar un préstamo o una subvención. Estos documentos se pueden solicitar cuando los necesite y no es necesario incluirlos al momento de la presentación. Puede encontrar información sobre todas las tasas correspondientes aquí y aquí.

    El número de identificación de empleador federal (EIN), también conocido como número de identificación fiscal federal, es un número que se utiliza para identificar una empresa, de forma similar a cómo se utiliza el número de seguro social para identificar a una persona. Su organización sin fines de lucro necesitará un EIN si tiene la intención de solicitar la condición de exento de impuestos ante el IRS. 

    Puedes solicitar un EIN a través del IRS. La forma más sencilla de solicitarlo es en línea. Es gratuito y el número se emite de inmediato.

    Dependiendo del tipo de servicio(s) que preste la organización sin fines de lucro, es posible que deba solicitar una o más licencias profesionales u ocupacionales. Para las empresas reguladas por el Departamento de Regulación Comercial y Profesional de Florida (DBPR), puede solicitarlas en línea a través del sitio web del DBPR.

    Es posible que las organizaciones sin fines de lucro deban obtener un recibo de impuestos comerciales locales (LBTR, por sus siglas en inglés) de las ciudades o condados donde realizan sus actividades comerciales. Las organizaciones sin fines de lucro deberían estar exentas de pagar el impuesto anual, pero es posible que deban registrarse. Consulte con el recaudador de impuestos local y las oficinas de la ciudad para averiguar si su organización sin fines de lucro debe obtener un LBTR y, de ser así, qué se requiere para solicitarlo y renovarlo anualmente.

    La información sobre los beneficios y limitaciones de las organizaciones exentas de impuestos está disponible en el sitio web del IRS.

    Si desea obtener la exención de impuestos para su corporación sin fines de lucro, deberá solicitarla ante el IRS . Para ello, deberá completar el Formulario 1023 o el Formulario 1023-EZ . Consulte la hoja de cálculo de elegibilidad adjunta al Formulario 1023-EZ, a partir de la página 13.

    Se recomienda que hable con un profesional de impuestos/contador, un abogado o ambos antes de solicitar el estado de exención de impuestos para prepararse para decidir qué formulario es mejor para su organización sin fines de lucro.

    Florida ofrece una exención del impuesto sobre las ventas para las ventas realizadas a ciertas organizaciones 501(c)(3). Para poder acogerse a esta exención, una organización sin fines de lucro debe obtener un certificado de exención del impuesto sobre las ventas del Departamento de Ingresos de Florida.

    Si la organización sin fines de lucro va a tener empleados, es posible que deba pagar impuestos de reempleo al Departamento de Ingresos de Florida.

    Si la organización sin fines de lucro va a comprar o adquirir una propiedad que se utilizará para promover el propósito caritativo de la organización sin fines de lucro, debe comunicarse con su tasador de propiedades local para solicitar una exención de impuestos a la propiedad. 

    Es posible que las organizaciones sin fines de lucro deban obtener un recibo de impuestos comerciales locales (LBTR, por sus siglas en inglés) de las ciudades o condados donde realizan sus actividades comerciales. Las organizaciones sin fines de lucro deberían estar exentas de pagar el impuesto anual, pero es posible que deban registrarse. Consulte con el recaudador de impuestos local y las oficinas de la ciudad para averiguar si su organización sin fines de lucro debe obtener un LBTR y, de ser así, qué se requiere para solicitarlo y renovarlo anualmente.

    Tras constituir una organización sin ánimo de lucro, deberá presentar informes anuales ante el Estado de Florida y pagar una tasa anual. Los informes anuales que no se presenten antes de las 11:59 p. m. (hora del este) del 1 de mayo de cada año se considerarán fuera de plazo. Las organizaciones sin ánimo de lucro que no presenten sus informes antes de esta fecha límite generalmente están exentas del pago de la tasa ; SIN EMBARGO, si el informe anual no se presenta antes del tercer viernes de septiembre , la organización sin ánimo de lucro se disolverá administrativamente y dejará de ser una entidad legal en Florida. Puede encontrar más información aquí.

    Una organización debe tener cuidado de no hacer nada que pueda provocar la pérdida de su exención de impuestos por parte del IRS . Algunos factores que pueden llevar a la pérdida del estatus 501(c)(3) incluyen un exceso de actividades de cabildeo, ingresos excesivos por actividades no relacionadas con su propósito, no presentar el formulario anual de información fiscal 990 ante el IRS o no lograr el propósito original de la organización. Para obtener más información, visite https://www.stayexempt.irs.gov/home/existing-organizations/maintaining-501c3-tax-exempt-status.

    Si la organización sin fines de lucro debe obtener recibos de impuestos comerciales locales, deberá renovarlos anualmente antes del 30 de septiembre. Si la organización se registra ante el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Florida (FDACS) para solicitar donaciones (véase la explicación a continuación), deberá renovar su registro anualmente. La fecha de renovación será el mismo mes y día en que la organización se registró originalmente ante el FDACS.

¿Qué considerar antes de actuar?

    Para iniciar una organización sin fines de lucro se requiere una planificación cuidadosa. Antes de iniciar una organización sin fines de lucro, considere la capacidad de su corporación para obtener y mantener el estatus 501(c)(3) ante el IRS. 

    Lo más recomendable es consultar con un abogado y un asesor fiscal antes de constituir una organización sin ánimo de lucro.

    Hable con un profesional de gestión empresarial para crear planes comerciales y financieros para su organización sin fines de lucro.

    Antes de que la organización sin fines de lucro pueda recaudar fondos a través de donaciones o subvenciones, debe registrarse en el Departamento de Agricultura y Servicios al Consumidor de Florida y renovar su registro anualmente.

    Es posible que necesite suscribir contratos de arrendamiento u otros acuerdos que regulen la actividad de su negocio. Lo más recomendable es consultar con un abogado antes de firmar cualquier documento.

    En Florida, las corporaciones sin fines de lucro se rigen por la Ley de Corporaciones sin Fines de Lucro de Florida . La elegibilidad de una organización sin fines de lucro para la exención de impuestos depende de la legislación fiscal federal. Para obtener más información, consulte https://www.irs.gov/charities-non-profits/applying-for-tax-exempt-status.