Cambiar un plan de crianza (tiempo compartido) y/o manutención de los hijos

** Esta página informativa está dirigida a los residentes de Florida que ya hayan presentado y completado un caso de divorcio o paternidad con un Plan de Crianza. **

Un Plan de Crianza es un documento legal que explica cómo los padres compartirán a su hijo (tiempo compartido), pero también establece cómo tomarán decisiones importantes en la vida de los niños (responsabilidad parental). La ley de Florida ya no utiliza el término custodia en la mayoría de los casos familiares; en su lugar, los padres reciben tiempo compartido. Tiempo compartido y custodia significan lo mismo.

Para cambiar o modificar un plan de crianza, el padre o la madre deben indicar cómo han cambiado sustancialmente las circunstancias del niño o cómo los cambios en las circunstancias del padre o la madre han afectado sustancialmente al niño, y describir cómo el cambio será beneficioso para el niño. El mismo concepto de cambio sustancial se utiliza para determinar si también se debe cambiar una orden de manutención de los hijos.

El tribunal no puede cambiar un plan de crianza o la manutención de los hijos sin presentar un escrito (formalmente conocido como petición) que indique el cambio sustancial y material que se ha producido y cómo el cambio es en el mejor interés de los niños.

Algunos ejemplos de cambios sustanciales incluyen cosas como: uno de los padres ha desarrollado un problema de drogas ilegales; ha ocurrido abuso o negligencia infantil; el niño está luchando con problemas de salud mental; el niño tiene un mal desempeño en la escuela debido al otro padre; o uno de los padres no puede continuar con el cronograma actual de tiempo compartido, etc.

CLS brinda asistencia legal a padres o personas que necesitan cambiar o modificar los términos de su Plan de Crianza y Manutención de Menores aprobado por el tribunal.

Para las personas que necesiten presentar documentos judiciales por sí mismas, consulten flcourts.gov para encontrar los formularios necesarios para modificar el Plan de Crianza y/o la Manutención de Menores.

¿Cuáles son tus derechos?

    La patria potestad es el término legal que designa el derecho de un progenitor a tomar decisiones importantes sobre su hijo. Generalmente, el tribunal otorga a los padres la patria potestad compartida. Esta puede modificarse cuando se produce un cambio sustancial en las circunstancias.

    La responsabilidad parental compartida implica que los padres deben comunicarse entre sí y ejercer la crianza compartida para llegar a un acuerdo sobre las decisiones que toman respecto a su hijo. Tener responsabilidad parental compartida no significa que el tiempo de custodia será equitativo (50/50), sino simplemente que ambos padres tienen el mismo derecho a tomar decisiones sobre el niño.

    Si cambia la responsabilidad parental compartida, considere lo siguiente:

      • Responsabilidad parental compartida con autoridad máxima para tomar decisiones: esto significa que los padres se comunican entre sí e intentan llegar a un acuerdo. Sin embargo, si los padres no pueden ponerse de acuerdo sobre una decisión, el padre con la máxima autoridad para tomar decisiones tomará la decisión final sobre el área específica. Las áreas específicas incluyen, entre otras, educación, atención médica o actividades extracurriculares. Los tribunales no otorgarán la máxima autoridad para tomar decisiones sobre todos los aspectos de la vida del niño, solo sobre los importantes.
      • Responsabilidad parental exclusiva: Esto significa que uno de los padres toma todas las decisiones sobre el niño. Los padres pueden acordar que uno de ellos tenga la responsabilidad parental exclusiva. El tribunal puede ordenar la responsabilidad parental exclusiva si exigir que los padres tomen decisiones juntos sería perjudicial para el niño. Los tribunales suelen ordenar la responsabilidad parental exclusiva en un caso de violencia doméstica o cuando el padre tiene un temor razonable de violencia hacia él o hacia el niño.

    Para modificar un Plan de Crianza, el tribunal considerará los “Factores del Interés Superior” que se enumeran en la Sección 61.13(3) de los Estatutos de Florida , además del cambio sustancial y material en las circunstancias que llevaron a la presentación de la modificación.

    Factores de mejor interés

    El tribunal evalúa el interés superior del niño siguiendo las siguientes consideraciones (parafraseadas del artículo 61.13(3) del Estatuto de Florida para facilitar su comprensión) :

    1. ¿Ha demostrado cada padre que está dispuesto y es capaz de fomentar y permitir una relación cercana y continua entre padres e hijos, respetar el horario de tiempo compartido y ser razonable cuando el otro padre solicita cambios o ajustes? Por ejemplo, ¿ha seguido el otro padre el horario o ha retenido a los niños o ha hablado mal? piensa en presencia de los niños?
    2. ¿Cómo se dividirán las responsabilidades de los padres después del caso y se delegarán las responsabilidades de los padres a terceros, como niñeras, amigos o familiares? Fo por ejemplo, ¿el otro padre ¿Pasan tiempo con los niños durante su tiempo compartido o simplemente los dejan con otro familiar o amigo? ¿Trabaja el padre una gran cantidad de horas o durante la noche?
    3. ¿Ha demostrado cada padre que está dispuesto y es capaz de determinar, considerar y actuar según las necesidades del niño en lugar de sus propias necesidades o deseos? 
    4. ¿Cuánto tiempo ha vivido el niño en su casa? ¿Es un ambiente seguro y cómodo? La ley busca mantener estables a los niños. ¿Se han mudado los niños con frecuencia? 
    5. ¿Dónde vive cada padre? ¿Cuánto tiempo pasarán los niños viajando para que el plan de crianza funcione? El tribunal considerará dónde asiste el niño a la escuela. Este factor no crea una presunción a favor o en contra de la reubicación de cualquiera de los padres con un hijo.
    6. ¿Cuál es la idoneidad moral de cada padre? 
    7. ¿Cuál es la salud física y mental de cada padre? La ley no discrimina a un padre con una discapacidad, pero considerará la discapacidad si afecta la capacidad de los padres para cuidar a un niño.
    8. ¿Cuál es el registro del hogar, la escuela y la comunidad del niño? La ley busca promover la estabilidad de un niño.
    9. ¿Qué quiere el niño? Se podría considerar lo que el niño quiere si el tribunal considera que tiene la edad y la comprensión suficientes para expresarle sus deseos. 
    10. ¿Cuán dispuesto y capaz ha sido cada padre para estar al tanto de factores importantes en la vida del menor, como los amigos, los maestros, los proveedores de atención médica, las actividades diarias y las cosas favoritas del niño? 
    11. ¿Qué tan dispuesto y capaz ha sido cada padre para proporcionarle al niño una rutina constante para la tarea, las comidas y la hora de acostarse? ¿Qué forma de disciplina usa un padre? ¿Es la disciplina apropiada y razonable?
    12. ¿Qué posibilidades hay de que cada padre se comunique con el otro padre y lo mantenga actualizado sobre temas y actividades relacionados con el menor, y qué tan dispuestos están a cooperar en todos los asuntos importantes cuando tratan con el niño? 
    13. ¿Hay evidencia de violencia doméstica? la violencia sexualabuso infantil, sus hijos abandono o negligencia infantil? ¿Tiene el padre motivos razonables para creer que él o su hijo sufrirán violencia doméstica por parte de la otra parte? Esto se considerará independientemente de si hay is una acción previa o pendiente relacionada con esas cuestiones. Si el tribunal acepta evidencia de abuso o negligenciadebe declarar por escrito que la evidencia fue considerada al evaluar el interés superior del niños. 
    14. ¿Existe evidencia de que alguno de los padres haya proporcionado a sabiendas información falsa al tribunal sobre violencia doméstica, violencia sexual, abuso infantil, abandono infantil o negligencia infantil? 
    15. ¿Cómo se dividieron las tareas y responsabilidades de los padres antes y durante el caso? ¿Las responsabilidades de crianza estuvieron a cargo de terceros, como niñeras, amigos o familiares?  
    16. ¿Qué tan dispuesto y capaz ha sido cada padre para participar e involucrarse en las actividades escolares y extracurriculares del niño? 
    17. ¿Qué posibilidades hay de que cada padre mantenga un entorno para el niño libre de abuso de sustancias? El abuso de sustancias incluye el abuso de alcohol y el abuso de marihuana.
    18. ¿Cuán dispuesto y capaz está cada padre de proteger al niño del caso judicial al no hablar del tema con ellos, no compartir documentos o medios electrónicos relacionados con el asunto con ellos y no hacer comentarios negativos sobre el otro padre al niño?
    19. ¿Cuáles son las necesidades del niño en función de su edad y desarrollo? ¿Cuán dispuesto y capaz está cada padre de satisfacer esas necesidades?  
    20. ¿Hay otros factores que no se han mencionado pero que podrían afectar su plan de crianza específico, incluido el horario de tiempo compartido? 

    Cuando un progenitor tiene la intención de mudarse a más de 50 kilómetros de distancia por un período superior a 60 días consecutivos, debe presentar una Solicitud de Reubicación. La ley de reubicación establece las normas que un progenitor debe seguir para obtener una orden judicial que autorice la reubicación del progenitor y el menor. Un progenitor no puede mudarse con los hijos sin cumplir con la ley de reubicación. El incumplimiento de la ley puede conllevar que el tribunal dicte una orden que exija el regreso del menor a su lugar de residencia anterior, el pago de las costas judiciales y/o los honorarios de los abogados de la otra parte, e incluso podría privarle del tiempo que pasa con los hijos.

    Se debe elaborar un plan de crianza a distancia cuando un padre esté planeando trasladar la residencia principal de los niños. La residencia principal es el lugar donde vivían los niños en el momento de la última orden que estableció o modificó el plan de tiempo compartido, o donde vivían los niños cuando se presentó una acción pendiente.

    Los padres que acuerdan mutuamente una reubicación pueden documentar su acuerdo utilizando el Formulario 12.950(a) de la Ley de Familia de Florida.

    Si ambos padres no están de acuerdo con la reubicación, el padre que solicita la reubicación debe solicitar permiso mediante la presentación de una petición de reubicación que incluya un plan de crianza detallado propuesto para compartir el tiempo con el padre que no se muda. A continuación, se detallan algunos de los elementos que se deben incluir en una petición de reubicación:

      • El padre que se reubica debe demostrar que la reubicación es en el mejor interés de los niños.
      • Una descripción de la ubicación de su nueva dirección prevista.
      • Una dirección postal de la nueva residencia prevista.
      • Un número de teléfono de la nueva residencia prevista, si se conoce.
      • La fecha de la mudanza prevista o reubicación propuesta.
      • Una declaración detallada de los motivos específicos de la reubicación propuesta. Por ejemplo, si el motivo es una nueva oferta de trabajo, el padre o la madre deben adjuntar la oferta a su petición.
      • Un plan detallado de tiempo compartido que muestre cómo el otro padre tendrá contacto continuo con los niños.

    Consulte el Estatuto de Florida 61.13001 para obtener más información.

    Un tribunal puede modificar una orden de manutención infantil si se demuestra un cambio sustancial en las circunstancias. Un ejemplo de un cambio sustancial en las circunstancias podría ser un cambio en los ingresos o que ya no haya gastos de guardería. Para cumplir con el estándar legal, el cambio en los ingresos debe ser una disminución involuntaria de los ingresos o un aumento de los mismos. Si esto ocurre, entonces la manutención de los hijos podría cambiarse mediante una acción de modificación. Si un padre paga la manutención de los hijos pero no ejerce el tiempo compartido con su hijo según lo otorga el tribunal, entonces podría haber un cambio en la manutención de los hijos.

    Para obtener más detalles sobre la manutención de los hijos, visite nuestra página sobre el fin de un matrimonio.

¿Qué es lo que hay que hacer?

    La Corte Suprema de Florida ha aprobado formularios que puede utilizar para presentar una acción de modificación (cambio) por su cuenta.

    Los formularios se pueden encontrar en flcourts.org, en la sección de autoayuda del sitio web, e incluyen instrucciones detalladas para ayudarle a completar y presentar los documentos.

    Para solicitar una modificación de un plan de crianza/responsabilidad parental y/o manutención de menores, es necesario completar los siguientes formularios .

    1. Petición complementaria para modificar la responsabilidad parental, el plan de visitas o crianza/programa de tiempo compartido y otras exenciones, formulario 12.905 (a)
    2. Convocatoria, formulario 12.910 (a)
    3. Declaración jurada financiera de derecho de familia, formulario 12.902(b) o 12.902(c)
    4. Declaración jurada de jurisdicción y ejecución uniforme de custodia de menores, formulario 12.902 (d)
    5. Hoja de portada para casos del Tribunal de Familia, formulario 12.928
    6. Aviso de casos relacionados, formulario 12.900 (h)
    7. Solicitud de Determinación de la Condición de Indigente Civil. Este formulario se puede descargar AQUÍTambién puede obtener una copia de su secretario local, pero recuerde solicitarla directamente por su nombre.

    8. Designación de la dirección actual y dirección de correo electrónico, formulario 12.915

    Los formularios se pueden encontrar en www.flcourts.org, en la sección de autoayuda del sitio web, e incluyen instrucciones detalladas para ayudarle a completar y presentar los documentos.

    Presente los documentos enumerados anteriormente en el condado donde vive la otra parte/padre o en el condado que emitió la última orden. El secretario completará la Citación con un sello oficial. La citación deberá ser notificada a la otra parte.

    “Notificación” es el proceso de envío de documentos judiciales a la otra parte, generalmente entregados por un alguacil. Esto informa a la otra parte que el caso fue presentado y le dice cómo responderle a usted y al tribunal.

    Después de haber presentado el caso de modificación, el secretario puede ayudarlo enviando los documentos al alguacil local para que los entregue a la otra parte. Si el secretario envía los documentos al alguacil, entonces el alguacil llevará los documentos a la otra parte para que conozca el caso. Por lo general, el secretario debe pagar una pequeña tarifa para organizar el servicio en su nombre. Es posible que no se le aplique la tarifa si califica para la condición de indigente.

    Si el secretario no envía los documentos en su nombre, deberá enviar una copia de cada documento que presentó al alguacil del condado donde vive la otra parte para que el alguacil pueda completar la notificación judicial.

    Tras recibir los documentos, la otra parte dispone de 20 días para presentar una respuesta por escrito ante el tribunal y enviarle una copia. Si la otra parte no presenta una respuesta por escrito, el secretario judicial puede dictar una resolución en rebeldía en su contra. También puede presentar una solicitud de resolución en rebeldía, que es una petición por escrito al tribunal para que dicte una resolución sobre el caso. Si la otra parte no participa en el caso, es probable que el tribunal conceda su solicitud de resolución en rebeldía y usted pueda obtener todo lo que solicitó en su petición complementaria. Incluso si se dicta una resolución en rebeldía en su contra, la otra parte aún puede comparecer en la audiencia.

    El tribunal querrá asegurarse de saber qué es lo mejor para el niño antes de dictar una orden. Entonces, mientras el caso aún está abierto, la otra parte puede presentar evidencia sobre lo que es mejor para el niño.

    Por otro lado, si la otra parte presenta una respuesta por escrito, presentará una Contestación , que también podría incluir una Contrademanda. La otra parte no está obligada a presentar una Contrademanda, solo una Contestación. Una Contrademanda indica al tribunal lo que la otra parte solicita. Debe responder a una Contrademanda presentando una Contestación a la Contrademanda. Debe presentar su Contestación dentro de los 20 días siguientes a la notificación. La Contestación indicará si está de acuerdo o en desacuerdo, o si no puede responder por desconocimiento. Puede responder a la Contrademanda con el formulario 12.903 (d) titulado Contestación a la Contrademanda.

    Cuarenta y cinco días después de la notificación al progenitor que responde, ambas partes deben intercambiar ciertos documentos financieros, como recibos de nómina y declaraciones de impuestos. Los documentos que los progenitores podrían necesitar intercambiar se enumeran en el Certificado de Cumplimiento de la Divulgación Obligatoria, formulario 12.932 . Los progenitores no presentan sus documentos ante el tribunal; se los entregan al otro progenitor.

    Si una persona no tiene un documento requerido en la lista porque no es algo que haya tenido nunca, entonces no habrá nada que darle a la otra parte. Si un documento de la lista no está en posesión de esa persona pero es algo que puede obtener, como un extracto bancario, la persona debe obtener el documento y entregárselo a la otra parte.

    El Certificado de Cumplimiento con la Divulgación Obligatoria es el único documento que se presenta ante el tribunal. El formulario se completa marcando la casilla correspondiente al elemento proporcionado al otro progenitor y se firma bajo juramento ante notario público o funcionario judicial.

    Una vez que cada parte haya presentado sus documentos iniciales como se mencionó anteriormente, el tribunal puede programar una conferencia de administración de caso, que es una audiencia programada por un juez para asegurarse de que el caso avance. La Conferencia de gestión de casos no suele ser el momento para que el tribunal reciba pruebas de las partes. Es probable que el tribunal verifique si los documentos necesarios están en el expediente de cada parte y puede programar una mediación.

    En la mayoría de los casos de derecho de familia, el tribunal requerirá mediación. La mediación es un proceso en el que las partes se sientan con un tercero neutral para trabajar en la resolución de su caso sin el juez. El mediador no puede dar asesoramiento jurídico a ninguna de las partes. La mediación es un proceso confidencial, por lo que si no puede llegar a un acuerdo durante la mediación, el juez no escuchará lo que hayan discutido como posibles acuerdos.

    Las partes de un caso pueden resolver todos los problemas, algunos de ellos o ninguno de ellos en la Mediación. Las cuestiones que no se resuelvan en la mediación serán tratadas por el tribunal en una audiencia o juicio final.

    Generalmente hay un costo por la Mediación, que se paga al Mediador (el tercero neutral).

    Si la otra parte le notifica una Petición Suplementaria, puede presentar una Contestación sin Contrademanda utilizando el formulario 12.903(e) de Contestación a la Petición Suplementaria . Debe presentar la Contestación dentro de los 20 días para evitar que se dicte una sentencia en rebeldía en su contra. Si el secretario judicial dicta una sentencia en rebeldía, usted podría perder su derecho a participar en ciertos aspectos del caso y podría tener que pagar cantidades adicionales de manutención. Sin embargo, el tribunal escuchará a la parte que ha sido declarada en rebeldía con respecto a lo que es mejor para el interés superior del menor.

    Debe presentar su Respuesta ante el mismo tribunal donde la otra parte presentó la Petición Suplementaria y enviar a la otra parte una copia de su Respuesta.

¿Qué considerar antes de actuar?

    Cuando presenta una acción de modificación, no se garantiza que recibirá lo que ha solicitado. Su solicitud podría resultar en un nuevo horario de tiempo compartido que no le guste. La manutención infantil que recibe podría reducirse. Su pago de manutención infantil podría aumentar. Lo mejor es hablar con un abogado para determinar si puede lograr el resultado que busca.

    Si presenta una acción de modificación como resultado de una disminución en sus ingresos, continúe realizando los pagos de manutención infantil requeridos según su orden actual. La orden existente permanece en vigor a menos y hasta que el tribunal emita una nueva orden. Paga todo lo que puedas y págalo en la forma especificada en el pedido. No hacer su mejor esfuerzo para pagar dañará su argumento de que las nuevas circunstancias requieren un nuevo monto de manutención infantil y causarán que los pagos impagos se acumulen.

    Para las personas que están intentando presentar un caso en un tribunal de familia en Florida, visite la página web de los Tribunales de Florida para encontrar un lugar de autoayuda en su condado.

    https://www.flcourts.org/Resources-Services/Court-Improvement/Self-Help-Information/Self-Help-Centers-Near-You

    Los tribunales de Florida también cuentan con un sitio web específico para quienes necesitan presentar formularios personalmente. Haga clic aquí para visitarlo.

    También puede resultarle útil su aplicación móvil. Descargue la aplicación de autoayuda aquí.

    También puede enviarles un correo electrónico a selfhelp@flcourts.org o llamar al (850) 921-0004.

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