La Ley federal de vivienda justa (42 USC §§ 3601 – 3619) prohíbe la discriminación en materia de vivienda en el alquiler, la venta, la financiación o el seguro de vivienda o servicios relacionados con la misma si la discriminación se basa en la raza, el origen nacional, el color, el sexo, la discapacidad, la religión y la situación familiar (presencia de menores de 18 años). El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD) aplica la Ley de Equidad en la Vivienda investigando quejas de particulares y organizaciones comunitarias de todo el país. Si el HUD determina que ha habido discriminación en la vivienda, la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los Estados Unidos puede llevar el caso ante un Tribunal Federal.
La Ley de Vivienda Justa de Florida (Estatutos de Florida §760.20-760.37) refleja la Ley de Vivienda Justa federal y es aplicada por la Comisión de Relaciones Humanas de Florida (FCHR), que investiga las quejas de discriminación en la vivienda en el estado de Florida. La Ley de Vivienda Justa de Florida no proporciona nuevos rasgos protegidos. Sin embargo, es posible que haya protecciones adicionales disponibles según el condado en el que viva.
Ambas leyes le permiten presentar una queja por discriminación en la vivienda a través de HUD o de una agencia de aplicación de la ley local como la FCHR dentro de Un año de cuándo ocurrió el último acto de discriminación.
Además, tienes 2 años desde que ocurrió el último acto de discriminación para presentar una queja por discriminación en materia de vivienda en el Tribunal Federal si no desea presentarla a través de una agencia.
Si cree que ha sido discriminado en materia de vivienda y necesita asesoramiento o asistencia legal, contacto CLS (800-405-1417).
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Mire y lea más a continuación para descubrir si ha sido objeto de discriminación en la vivienda y, de ser así, qué puede hacer al respecto.
¿Cuáles son tus derechos?
- Raza se refiere a si una persona es blanca, negra/afroamericana, asiática, india americana o nativa de Alaska, nativa de Hawái o de las islas del Pacífico, o alguna mezcla de dos o más de estos grupos.
- Color se refiere al color visible de la piel de una persona, ya sea que la piel de una persona sea clara u oscura. La discriminación de color puede involucrar a alguien de una raza diferente o de la misma raza. Por ejemplo, si un propietario u otro proveedor de vivienda solo alquila a afroamericanos de piel clara, pero no a aquellos de piel más oscura, eso sería un ejemplo de discriminación por color, independientemente de la raza del propietario.
- origen nacional se refiere al país de nacimiento de una persona o donde nacieron sus antepasados, así como su origen étnico, cultura e idioma.
- Un propietario o vendedor con una propiedad incluida en la lista se niega a hablar con usted o a permitirle ingresar a la propiedad en un encuentro cara a cara;
- Un propietario o vendedor con una propiedad catalogada se niega a programar una cita con usted;
- Un propietario o vendedor cambia los términos de la propiedad listada u le ofrece términos diferentes a los que le ofrecen a otros (como aumentar el precio, exigir más dinero por adelantado, etc.);
- Un propietario o vendedor le dice que su propiedad ya no está disponible, pero todavía aparece como “en alquiler” o “en venta”;
- Un propietario o vendedor hace suposiciones sobre sus ingresos, situación familiar o antecedentes penales basándose en su raza, color u origen nacional;
- Un propietario tiene muchos alquileres en la lista, pero se niega a mostrarle ciertas unidades, solo le mostrará las unidades de menor calidad o solo le mostrará unidades cercanas a otras de su misma raza, color u origen nacional;
- Un propietario o vendedor le dice que podría sentirse más cómodo en un vecindario diferente;
- Los anuncios de una propiedad muestran una preferencia por una raza, color u origen nacional específico; o
- Un propietario sólo quiere inquilinos que hablen inglés.
- Negarse a alquilar o vender una vivienda;
- Negarse a negociar vivienda;
- Hacer que la vivienda no esté disponible o negar que la vivienda esté disponible;
- Establecer términos, condiciones o privilegios diferentes para la venta o alquiler de vivienda, una hipoteca, un préstamo hipotecario, un seguro de hogar o cualquier otra transacción de vivienda;
- Publicitar de manera discriminatoria;
- Amenazar, coaccionar o intimidar a cualquier persona que ejerza un derecho a la vivienda justa o que ayude a otros a ejercer esos derechos; y
- Negarse a realizar adaptaciones o modificaciones razonables.
- Ejemplo:
Una mujer con discapacidad visual tiene un perro guía entrenado. Ella está solicitando ingreso a un edificio de apartamentos con una política de no mascotas. El administrador del edificio debe permitirle quedarse con el perro guía como adaptación razonable. - Ejemplo:
Un hombre con un problema cardíaco sólo puede caminar distancias cortas. Aunque el edificio de apartamentos cuenta con estacionamiento por orden de llegada, al hombre se le permite tener un espacio reservado más cercano a su unidad. - Ejemplo:
Un inquilino que utiliza silla de ruedas requiere una rampa para acceder a la entrada de la vivienda. La administración de la propiedad debe permitir que el inquilino realice las modificaciones, a su cargo. - Ejemplo:
Un anciano que vive en un edificio de apartamentos tiene una discapacidad física debido al envejecimiento y solicita que le instalen barras de apoyo en su baño para estabilizarse. Su arrendador debe permitir la instalación, nuevamente a expensas del inquilino. - Familias establecidas con niños;
- Personas que planean tener una familia;
- Mujeres embarazadas;
- Familias tradicionales y no tradicionales, como familias monoparentales o con dos padres del mismo sexo;
- Personas en el proceso de obtener la custodia legal de niños mediante cuidado de crianza, adopción o divorcio; y
- Circunstancias únicas o inesperadas que cambian la composición de la familia (como muerte en la familia, etc.).
- Negarse a alquilar, vender o negociar con una familia porque la familia tiene uno o más hijos menores de 18 años (“El edificio es para profesionales tranquilos”);
- Obligar a las familias a alojarse en unidades de vivienda que son más grandes de lo necesario (“Cada niño debe tener su propio dormitorio”);
- Hacer ciertos pisos o edificios para familias con niños o alentar a las familias con niños a residir en áreas particulares del edificio o complejo (“Las familias con niños deben alquilar apartamentos en el primer piso”);
- Cobrar alquiler, depósito de seguridad o tarifas adicionales porque en un hogar hay niños menores de 18 años;
- Crear y hacer cumplir reglas para restringir la entrada de niños al edificio o complejo (“La persona menor de 18 años debe estar en su casa al atardecer”); o
- Desalojar a familias de un apartamento o parque de casas móviles porque quieren cambiarlo a un apartamento o parque de casas móviles solo para personas mayores.
- Sólo hay un tipo de vivienda que legalmente puede excluir (no permitir) a los niños. Algunas viviendas son solo para personas de 62 años o más, lo que significa que toda persona que viva en este tipo de vivienda debe tener al menos 62 años o más.
- Algunas viviendas están reservadas para personas de 55 años o más. Esta vivienda requiere que una determinada cantidad de residentes tengan al menos 55 años. Siempre que se alcance esa cantidad, los niños y las personas menores de 55 años pueden vivir en este tipo de viviendas. Pueden optar por excluir por completo a los niños menores de 18 años y solo permitir que las personas mayores de 55 años alquilen o compren.
- Sobrevivientes de violencia doméstica;
- Personas que estén experimentando o hayan experimentado acoso sexual en su vivienda; o
- La comunidad LGBTQ+.
- Mi arrendador hizo muchos comentarios sobre tener sexo conmigo. Lo ignoré. Cuando me atrasé en el pago del alquiler, me dijo que había otra forma de pagar. Le dije que no y me desalojó.
- El inspector de la autoridad de vivienda no aprobaría el apartamento que quería alquilar con mi bono a menos que realizara un acto sexual. Estuve de acuerdo para sacar a mi familia de la calle.
- La persona de mantenimiento no arreglará nada en mi apartamento a menos que tenga relaciones sexuales con ellos. No sé qué voy a hacer con el calentador roto cuando haga aún más frío.
- Fui a buscar una casa para alquilar y el dueño me dijo que bajaría el alquiler si tenía sexo con él.
- Quería comprar una casa. Cuando fui a verlo, el oficial de préstamos me agarró los senos. Le dije que no y me fui inmediatamente. Nunca volví a oír hablar de la casa ni del préstamo.
- El guardia de seguridad de mi edificio de apartamentos ha estado hablando de mi cuerpo y enviándome fotografías desnuda. Le pedí que se detuviera. Un día llegué a casa y lo encontré desnudo en mi cama.
- El dueño de la casa que alquilo hace comentarios sobre mi cuerpo, mi ropa y los actos sexuales que quieren que realice con ellos.
Cuando se aprobó inicialmente la Ley de Vivienda Justa en 1968, uno de sus principales propósitos era combatir la discriminación racial y promover la igualdad de acceso a las oportunidades de vivienda. La Ley de Vivienda Justa (junto con sus enmiendas) establece que los propietarios, las instituciones financieras y los propietarios no pueden discriminar por motivos de raza, color u origen nacional.
A diferencia de la discriminación contra algunas de las otras clases protegidas, la discriminación racial en el sector inmobiliario no siempre es fácil de detectar. A veces, las víctimas de discriminación en materia de vivienda por motivos raciales ni siquiera son conscientes de que fueron tratadas de manera diferente a cualquier otro comprador, inquilino o inquilino.
Independientemente de cuán sutil o abierta sea la discriminación, las leyes federales y estatales están de su lado. raza, color, La discriminación por origen nacional o nacional adopta muchas formas y de ninguna manera se limita a esta lista, pero aquí hay algunos ejemplos de cómo podría verse:
Si no está seguro de si pudo haber sido discriminado por su raza, color u origen nacional, por favor contacto CLS (800-405-1417).
Es ilegal que los proveedores de vivienda lo discriminen por su discapacidad mental, física o intelectual. Acciones como negarle una vivienda o una hipoteca, negarle una adaptación razonable o una solicitud de modificación, o no proporcionar unidades accesibles para viviendas multifamiliares construidas después de 1991 se consideran discriminatorias cuando se basan en la discapacidad de un individuo.
Discapacidad.
Una discapacidad se define en la Ley de Vivienda Justa como un impedimento físico o mental que limita sustancialmente una o más de las "actividades principales de la vida" de una persona. Las principales actividades de la vida pueden incluir cuidar de uno mismo, caminar, ver, oír, hablar, respirar, aprender y trabajar.
Si necesita el uso de un andador, una silla de ruedas, un animal de servicio o un asistente de cuidado personal, la ley lo protege contra la discriminación en materia de vivienda.
Las discapacidades también pueden incluir enfermedades mentales o emocionales, dificultades asociadas con el envejecimiento, VIH/SIDA, recuperación del alcoholismo o adicción a las drogas. La Ley de Vivienda Justa no protege a quienes consumen drogas ilegalmente; sólo las personas que han completado con éxito un programa de tratamiento están cubiertas por la ley (como se describe en la Ley de Vivienda Justa). Centro de Igualdad de Vivienda).
Es ilegal realizar cualquiera de las siguientes acciones por motivos de discapacidad:
A acomodación razonable es una solicitud a su proveedor de vivienda para cambiar reglas, políticas, prácticas o servicios para que una persona con una discapacidad tenga igualdad de oportunidades para usar y disfrutar de su hogar o espacio común. Una persona con discapacidad debe notificar al proveedor de vivienda si necesita una adaptación razonable, y el proveedor de vivienda debe acceder a la solicitud si es razonable. Allá Debes Habrá una conexión entre la discapacidad y la necesidad de la adaptación. Por último, el propietario es responsable del coste del alojamiento.
A modificación razonable es una solicitud para modificar físicamente el espacio de su vivienda o un espacio de área común que comparten todos los inquilinos. La persona que realiza la solicitud generalmente debe pagar el costo de las modificaciones a menos que la vivienda esté subsidiada por el gobierno federal.
La Ley de Vivienda Justa exige que las viviendas multifamiliares construidas para primera ocupación después del 13 de marzo de 1991 tengan ciertas características de accesibilidad. Algunas viviendas pueden estar sujetas a los requisitos de accesibilidad de otras leyes, como la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y los códigos de construcción locales. Si tiene preguntas sobre accesibilidad, envíenos un correo electrónico a vivienda justa@clsmf.org.
Es ilegal que los proveedores de vivienda lo discriminen por su situación familiar, incluso negarle una vivienda o una hipoteca.
Estado familiar significa tener hijos menores de 18 años en el hogar. Esto puede incluir:
La discriminación por estatus familiar puede verse así:
A diferencia de otras áreas de discriminación, existen algunas excepciones a las protecciones antidiscriminatorias por estatus familiar:
Es ilegal que los proveedores de vivienda discriminen contra usted por su sexo. Esto puede incluir negarse a alquilarle o venderle la vivienda a alguien, o tratarlo de forma diferente por su sexo.
Las leyes contra la discriminación sexual también pueden proteger:
Protecciones para personas que sufrieron o están sufriendo actualmente acoso sexual.
Nadie debería tener que elegir entre vivienda y acoso sexual. Como inquilino, usted tiene derecho a no sufrir acoso sexual en su vivienda.
Generalmente existen dos tipos de acoso sexual: Quid Pro Quo y Ambiente Hostil. A menudo, las víctimas de acoso sexual sufren ambas cosas.
(1) Quid Pro Quo, o “Esto por aquello”, el acoso se produce cuando un proveedor de vivienda solicita sexo o favores sexuales para evitar el desalojo o a cambio de alquiler gratuito, reparaciones, pagos o tarifas atrasados justificados, etc.
(2) un Ambiente hostil es cuando un proveedor de vivienda crea un ambiente amenazante o incómodo debido a un comportamiento sexual no deseado.
Los siguientes son ejemplos de acoso sexual en la vivienda:
A continuación se muestran algunos ejemplos del sitio web del Departamento de Justicia.
Si está sufriendo acoso sexual en su vivienda, tome notas de cuándo ocurren los incidentes que incluyan la hora y las fechas en que sucedieron y lo que le dijo el acosador. Comuníquese con nosotros para obtener asistencia legal con esa información en CLS (800-405-1417).
Si es un sobreviviente de violencia doméstica, tiene derecho a vivir en su hogar de manera segura u obtener una vivienda sin que un proveedor de vivienda le pregunte más sobre la violencia doméstica o le niegue o desaloje la vivienda debido a lo ocurrido. Dependiendo de su situación, es posible que esté protegido por las leyes de discriminación sexual de la Ley de Vivienda Justa.
Si vive en una vivienda asistida por HUD, como vivienda pública, vivienda de la Sección 8 basada en proyectos, vivienda de apoyo de la Sección 202 y 811 para personas mayores y personas con discapacidades, y está sufriendo violencia doméstica, tiene opciones que le ayudarán a conservar su vivienda. o permitirle moverse por razones de seguridad. (Para obtener más información sobre qué viviendas están cubiertas, vaya a https://www.hud.gov/program_offices/housing/mfh/violence_against_women_act).
La ley que lo protege en su vivienda financiada por HUD como sobreviviente de violencia doméstica se llama Ley Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA). Visite nuestra página web sobre Protección contra la violencia para obtener más detalles sobre los derechos contra la violencia doméstica.
¿Qué es lo que hay que hacer?
- Han pasado más de 30 días desde que presentó su queja y su agencia local certificada no ha iniciado el procedimiento;
- Su agencia local certificada no está llevando a cabo los procedimientos de manera oportuna; y
- HUD decide que su agencia local ya no cumple con los requisitos para la certificación de HUD.
- Determinación de causa razonable y cargo de discriminación:
Esto se emitirá si la investigación de HUD los llevó a concluir que había una causa razonable para creer que se produjo discriminación. Usted y la parte contra la que presentó la demanda tienen 20 días de esta notificación para decidir si su caso se escucha ante un juez del Tribunal de Distrito Federal o un juez de derecho administrativo de HUD. - Determinación de ausencia de causa razonable y despido:
Esto se emitirá si la investigación de HUD no encontró evidencia suficiente para respaldar una creencia razonable de que ocurrió discriminación. Si bien no existe un proceso formal escrito en la Ley de Vivienda Justa para apelar esta decisión, HUD le permite solicitar una reconsideración escribiendo a: Director, FHEO Office of Enforcement, US Department of Housing and Urban Development, 451 7th Street, SW, Room 5226, Washington, DC 20410-2000.
Cree un diario de su experiencia de discriminación en la vivienda. Escriba cualquier conversación o interacción que haya tenido (ya sea que hayan ocurrido en el pasado o que estén en curso) para crear una línea de tiempo de su experiencia. Recuerda, tienes Un año del supuesto acto de discriminación para presentar una queja administrativa ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano. Además, tiene 2 años presentar una queja ante un tribunal federal por el último acto de discriminación.
Tome notas de con quién habló, cuándo habló con ellos, qué se dijo y los testigos que estuvieron presentes. Escriba una lista de todas las personas involucradas, como la empresa administradora de la propiedad, agentes de arrendamiento, propietarios, prestamistas, etc.
Reúna todos los documentos que haya recibido relacionados con su vivienda (como cartas de denegación si solicitó un apartamento y fue rechazado), cualquier aviso que haya recibido de los proveedores de vivienda, contratos de arrendamiento, cualquier documento que haya enviado a sus proveedores de vivienda, solicitudes que pueda tener. llenado, etcétera.
En determinadas situaciones, las fotografías o capturas de pantalla pueden proporcionar evidencia de discriminación. Guarde copias de las fotografías que tome para ayudar a probar su caso. También guarde copias de cualquier declaración escrita proporcionada por los testigos.
Guarde todos los correos electrónicos, mensajes de voz telefónicos, cartas escritas o cualquier otra correspondencia relacionada con su experiencia.
Los Servicios Legales Comunitarios pueden ayudarlo a presentar una queja ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano o usted mismo puede presentarla.
Dependiendo del tipo de queja, HUD puede remitir su caso a una agencia local apropiada para su investigación, porque han certificado que estas agencias cumplen con los mismos estándares de procedimiento, investigaciones y remedios que cumple HUD.
Hay circunstancias en las que es posible que desee comunicarse con HUD directamente, como si tiene dificultades para encontrar una agencia de vivienda local adecuada o si la agencia de vivienda con la que contactó no responde. HUD también puede tomar medidas en su nombre si ocurre cualquiera de las siguientes situaciones:
HUD también investiga quejas contra discriminación en los programas de HUD o discriminación por parte de proveedores de vivienda que reciben fondos de HUD o tienen préstamos asegurados por HUD.
Las quejas de HUD se pueden presentar por correo, enviando formularios en línea, por correo electrónico o por teléfono. Cualquiera puede presentar una queja y se ofrece ayuda adicional para personas con discapacidades y personas que no hablan inglés.
Para presentar una queja u obtener más información sobre el proceso, vaya a HUD Presentar una queja página aquí: https://www.hud.gov/program_offices/fair_housing_equal_opp/online-complaint
También puede hablar con un especialista en admisión de HUD en 1-800-669 9777.
Si bien el proceso que se describe a continuación se aplica a las investigaciones de HUD, puede esperar razonablemente un procedimiento similar por parte de su agencia local certificada por HUD.
HUD asignará investigadores a su caso quienes le pedirán información sobre su reclamo de discriminación. Querrán saber el cronograma de los eventos, los lugares relevantes, las personas involucradas, los testigos presentes o cualquier otra persona que pueda tener información sobre su queja y cualquier documentación que tenga para respaldar su caso.
HUD puede recopilar su propia evidencia además de la que usted les proporcione. Pueden realizar entrevistas o inspecciones de propiedad, recopilar documentación adicional o utilizar otros métodos a lo largo de su investigación.
La persona u organización contra la que presentó la queja será notificada y tendrá la oportunidad de responder.
HUD le enviará un informe escrito notificándole sus conclusiones una vez finalizada la investigación. Esto se llama "Carta de conclusiones". Si usted, o la parte contra la que presentó la queja, no está de acuerdo con la información presentada en la Carta de conclusiones que tiene 30 días para solicitar una revisión. HUD revisará sus hechos y su determinación y decidirá si los cambia o los deja como están.
Una vez que se complete la investigación, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano le notificará uno de dos posibles resultados:
Si se ha emitido una Determinación de Causa Razonable y un Cargo de Discriminación, usted o la parte contra la cual presentó la demanda pueden optar por que su caso sea escuchado por un juez del Tribunal Federal de Distrito. Esta elección debe hacerse en un plazo de 20 días de la fecha en que recibió la notificación de la determinación.
Si es elegido, HUD remitirá su caso al Departamento de Justicia de EE. UU., quien presentará una demanda civil en su nombre en el distrito donde tuvo lugar la discriminación. Usted o la parte contra la que presentó la demanda también pueden optar por un juicio con jurado. Puede optar por ser representado por un asesor legal designado por el Departamento de Justicia o por su propio abogado.
Si el tribunal falla a su favor, se podría ordenar a la persona contra la que presentó la demanda que lo compense por los daños (gastos, angustia emocional y daños punitivos), que pague los honorarios de su abogado o que ponga una vivienda a su disposición. Además de las consecuencias financieras, la parte infractora podría quedar sujeta a una orden judicial de no discriminar.
Si se ha emitido una Determinación de Causa Razonable y un Cargo de Discriminación, y ni usted ni la parte contra la cual presentó la demanda optaron por tener un juicio civil federal dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la notificación de la determinación, su caso será escuchado por un Oficial Administrativo de HUD. Juez de Derecho (ALJ).
Puede optar por ser representado por el consejo legal designado por HUD o por su propio abogado.
Si el ALJ dictamina que se produjo una violación de la Ley de Vivienda Justa, puede ordenar a la persona contra la cual usted presentó la demanda que le compense por los daños (gastos, angustia emocional), que pague los honorarios de su abogado, que pague una multa civil o que ponga vivienda a disposición de usted. tú. Además de las consecuencias financieras, la parte infractora podría quedar sujeta a una orden judicial de no discriminar.
¿Qué considerar antes de actuar?
Si cree que es víctima de discriminación en la vivienda, Contacte con CLS para obtener asesoramiento legal (800-405-1417).
Aplica online: Haga clic aquí para presentar su solicitud en línea en cualquier momento.
Siempre estamos buscando “compradores misteriosos” que puedan ofrecerse como voluntarios para ayudar a mantener la discriminación fuera de nuestro mercado inmobiliario.
**El reclutamiento está suspendido temporalmente para los evaluadores de Vivienda Justa**
Lea un resumen de la Ley federal de vivienda justa en el sitio web del Departamento de Justicia: https://www.justice.gov/crt/fair-housing-act-1
El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano tiene un desglose más simple de la Ley federal de vivienda justa y sus protecciones: https://www.hud.gov/program_offices/fair_housing_equal_opp/fair_housing_act_overview
Haga clic aquí para obtener información sobre la Ley Federal de Vivienda Justa.