Poder Legal

Un poder notarial (POA) es un documento legal que otorga a otra persona, llamada su agente, la autoridad legal para actuar en su nombre. Usted, a quien se denomina el “Principal”, otorga a un agente el poder de tomar decisiones en su nombre. Estas decisiones se relacionan con sus asuntos personales, como asuntos legales, financieros y de salud. Su agente puede tomar decisiones sobre estos asuntos sin su permiso.

Un poder notarial y una tutela son herramientas similares que permiten que un agente actúe en su nombre si queda incapacitado. Con un poder notarial, usted elige quién quiere que actúe en su nombre. En un procedimiento de tutela, el tribunal elige quién actuará como tutor. En circunstancias limitadas, un poder notarial puede utilizarse como una alternativa menos costosa a una tutela. 

¿Cuáles son tus derechos?

    Una vez que usted firma un POA, entra en vigencia de inmediato y No Cuando estás incapacitado.

    Cuando usted, como Principal, firma y otorga a un agente como su Poder Notarial, le otorgará: general, duradero o limitado autoridad al agente. 

    A Poder notarial limitado permite a un agente tomar decisiones por un evento específico o durante un período de tiempo específico. Este tipo de poder restringe el alcance de las actividades del agente. El principal enumera todos los asuntos otorgados al agente, como el poder para firmar un contrato de arrendamiento, vender un automóvil, acceder a un buzón de la Oficina Postal de EE. UU. o manejar un asunto impositivo.

    A El Duradero Poder del Abogado permite al agente continuar actuando en nombre del Principal, incluso si el Principal queda incapacitado. Las personas que planean cuidados de jubilación, por ejemplo, pueden otorgar un poder notarial duradero a un agente, otorgándole el poder de crear o modificar un fideicomiso, hacer una donación caritativa o modificar un plan de jubilación. Un poder notarial duradero no se termina por la incapacidad posterior del principal, como se establece en Estatutos de Florida 709Este poder es indelegable y se ejerce a partir de esta fecha.

    A Poder general permite al agente tomar una amplia gama de decisiones en nombre del principal, pero el poder puede finalizar cuando el principal queda incapacitado.

¿Qué es lo que hay que hacer?

    Para otorgar un poder notarial, usted: 

    • Debe tener al menos 18 años de edad; 
    • Debe comprender completamente las disposiciones del documento (qué dice y cómo funciona); 
    • Debe haber dos personas que sean testigos de su firma en presencia de cada una de ellas y de usted mismo; y 
    • Debe tener el documento notariado. 

    Necesitará un notario público cerca de usted para que certifique el documento del testamento. Haga clic aquí para buscar uno cerca de usted.

    Usted puede cambiar (modificar) o revocar (finalizar) un poder notarial en cualquier momento. 

    Un poder notarial otorgado en otro estado, tal como se describe en la ley de ese estado, puede ser respetado en Florida. Si se muda de Florida a otro estado, consulte con un con licencia abogado en su nuevo estado de residencia para determinar si su poder notarial de Florida será aceptado en su nuevo estado.

    El “principal” de un documento de poder notarial es la persona que crea y es propietaria del documento. Si crea un poder notarial, usted es el principal, o la persona que le otorga a otra persona el poder sobre sus asuntos.

    El “apoderado” es la persona o entidad a quien se le otorga la autoridad para manejar sus asuntos.

    Un poder notarial termina automáticamente cuando sucede alguna de las siguientes cosas:

    • El director muere;
    • El Mandante revoca (termina) el Poder;
    • Un tribunal determina que el Principal está total o parcialmente incapacitado o no puede tomar decisiones acertadas y el Principal no declara específicamente que el Poder seguirá vigente después de la incapacitación;
    • Se cumple la finalidad indicada en el Poder;
    • El rango de fechas (también llamado “plazo” que se establece en el Poder Notarial) ha transcurrido; o
    •  Otras circunstancias permitidas por la ley. 

¿Qué considerar antes de actuar?