Estudiantes sin hogar o desplazados

Durante un desastre, los niños pueden quedar separados de sus padres o tutores. Los padres pueden dejar a sus hijos con amigos o familiares durante una evacuación de emergencia o hasta que se pueda restaurar su hogar dañado. Otros jóvenes pueden quedar separados de sus padres o tutores y estar completamente solos durante este tiempo. Los niños desplazados o aquellos que se encuentran sin hogar como resultado de un desastre aún tienen derecho a ir a la escuela durante estos tiempos difíciles. 

La Ley McKinney-Vento (la “Ley”) es una ley federal que garantiza el derecho de los estudiantes a asistir a la escuela, incluso cuando no tienen hogar o no tienen una dirección permanente. La Ley El objetivo es reducir las barreras que pueden impedir que los niños sin hogar se inscriban, asistan y tengan éxito en la escuela. Las barreras para la asistencia a la escuela pueden incluir la obtención de transporte, el cumplimiento de los requisitos de residencia y la presentación de la documentación requerida, como certificados de nacimiento y registros médicos. Puede planificar estrategias para garantizar que su hijo esté inscrito en la escuela y reciba los servicios necesarios para ayudarlo a sobrevivir y recuperarse de un desastre declarado. 

¿Cuáles son tus derechos?

    Según la Ley, los niños “sin hogar” o “desplazados” que han perdido su vivienda tienen el derecho a asistir a la escuela, sin importar dónde vivan o cuánto tiempo hayan vivido allí. Cuando ocurre un desastre, muchas familias pueden verse desplazadas. Sus hogares pueden quedar destruidos. Es posible que no les quede ningún lugar donde trabajar y pueden perder sus escuelas. Los niños desplazados por desastres como huracanes, inundaciones, tornados, terremotos e incendios forestales se consideran “sin hogar” según la Ley. Florida recibe dinero federal según esta Ley, por lo que todos los distritos escolares deben cumplir con esta ley. Según la Ley, su estudiante tiene derechos especiales si no tiene hogar, está discapacitado o ha sido desplazado debido a un desastre.

    Los jóvenes tienen derecho a asistir a:

    (a) la escuela más cercana a donde residen; o

    (b) la escuela donde estuvieron inscritos por última vez (llamada “escuela de origen”), incluso si se mudan fuera del distrito escolar.

    Cuando deciden ir a la escuela en el área donde viven, la escuela debe permitir inmediatamente que los estudiantes se inscriban, asistan a clases y participen plenamente en las actividades escolares, incluso si los estudiantes no tienen un padre o tutor con ellos o los documentos normalmente requeridos para la inscripción, como certificados de nacimiento, comprobante de residencia, registros médicos y registros escolares.

    Según la Ley, usted tiene derecho a apelar oportunamente cualquier rechazo a inscribir a su hijo.

    Los niños sin hogar o desplazados deben recibir la misma educación que los demás niños. Si su hijo estaba en un programa especial antes del desastre, tiene derecho a los mismos servicios después. Esto incluye programas de educación especial y almuerzo gratuito. El enlace para personas sin hogar se asegurará de que su hijo reciba todos los servicios que exigen otras leyes. Se encargará de localizar los documentos perdidos y los planes educativos para que su hijo pueda recibir la educación individualizada que necesita.

¿Qué es lo que hay que hacer?

    Si se considera que su hijo está desplazado o sin hogar, el distrito escolar DEBE inscribirlo sin demora. Su atestación o declaración de desplazamiento o falta de hogar es suficiente para avanzar con la inscripción. Aunque la escuela puede exigir que se transfieran los registros de otra escuela o distrito, esto no es motivo para que hagan esperar a su hijo para asistir a la escuela.

    Si su hijo es admitido según las disposiciones de la Ley, entonces su hijo también tiene derecho a otros servicios como asistencia con las vacunas necesarias, registros, transporte, tutoría, comidas escolares gratuitas o cuidado antes o después de la escuela.

    Su hijo debe estar inscrito incluso si ha perdido sus registros escolares y médicos. Si no puede demostrar dónde vive actualmente o demostrar que su hijo ha recibido las vacunas requeridas, debe dejarlo entrar. El personal de la escuela debe enviarlo a El enlace para personas sin hogar para obtener ayuda para recuperar registros y obtener vacunas.

    Las escuelas no pueden retrasar la inscripción creando barreras como requisitos de documentación adicional, contactando a las autoridades de vivienda o propietarios, haciendo preguntas que sean demasiado intrusivas o personales, siguiendo o vigilando a su familia, hablando con sus vecinos sobre la situación de vida de su estudiante, discutiendo la situación de su estudiante en un área pública donde otros puedan escuchar, o amenazando o intimidando a los estudiantes para que se alejen de la escuela.

    Todo distrito escolar debe contar con un coordinador de personas sin hogar. El coordinador de personas sin hogar enseña a los padres de niños desplazados sus derechos. Se asegura de que los niños tengan acceso a una educación gratuita y apropiada. Busca expedientes perdidos. Resuelve disputas sobre la inscripción escolar. Su trabajo es salir a buscar a todos los niños desplazados en el distrito escolar y ocuparse de sus necesidades escolares. Si el personal de la escuela no sabe quién es esta persona o dónde está, pídales que llamen a la oficina principal de la junta escolar para averiguarlo.

    Para obtener los números de teléfono de enlace para personas sin hogar de la junta escolar del condado, haga clic aquí. En “Área del programa”, desplácese hacia abajo hasta “Contactos de personas sin hogar del Título X”. En “Área del distrito”, seleccione el distrito donde está inscribiendo a su hijo.

    También puedes probar esta lista.

    El distrito en el que el estudiante elija asistir a la escuela debe proporcionar u organizar el transporte. El enlace para personas sin hogar organiza el transporte para que los niños desplazados puedan llegar a la escuela. Esto se puede hacer en autobús escolar o de otra manera, como un autobús público o incluso un taxi. Sea cual sea la forma en que se haga, es tarea del consejo escolar. Si dicen que no, deben decírselo por escrito.

Qué tener en cuenta antes de actuar

    Si la escuela se niega a inscribir a su hijo, debe indicar su negativa por escrito y explicar el motivo de la denegación de admisión. La escuela también debe informarle por escrito que tiene derecho a apelar la decisión. La escuela debe proporcionarle el nombre y la información de contacto del enlace para personas sin hogar. Lo más importante es que deben inscribir a su hijo en esa escuela de inmediato y proporcionarle transporte. Su hijo podrá permanecer en esa escuela hasta que se resuelva la disputa.

    La escuela en la que desea inscribir a su hijo no puede ubicarlo en clases especiales ni en escuelas separadas para niños desplazados. Los niños desplazados o sin hogar no pueden ser segregados (apartados) de ninguna manera solo por el hecho de ser desplazados.

    Lo mejor que puede hacer si la escuela o el enlace para personas sin hogar no le ayudan es ponerse en contacto con la oficina de asistencia legal más cercana para obtener ayuda. Estas cosas son obligatorias por ley federal. Un abogado de asistencia legal puede ayudar a que las escuelas hagan su trabajo.