Vivienda pública

El gobierno ayuda a pagar la vivienda en circunstancias específicas. Esto se llama “vivienda subsidiada” y hay varios tipos diferentes de programas disponibles. Los programas de vivienda subsidiada más comunes son: Vivienda pública, Vale de elección de vivienda, Sección 8 basada en proyectos, Sección 202 y Crédito fiscal para viviendas de bajos ingresos.

Cada año, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD) establece límites de ingresos familiares que determinan su elegibilidad para recibir asistencia financiera. Sus derechos y obligaciones como inquilino dependerán del programa de vivienda subsidiada. Si no está seguro de qué programa de vivienda subsidiada le corresponde, revise su contrato de arrendamiento, comuníquese con su arrendador, la Autoridad de Vivienda local, la Corporación de Financiamiento de Vivienda de Florida o la Línea de Ayuda de CLS al 800-405-1417.

La vivienda pública es un programa de vivienda subsidiada destinado exclusivamente a personas y familias de bajos ingresos. Las autoridades locales de vivienda (HA, por sus siglas en inglés) reciben fondos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD, por sus siglas en inglés) para financiar sus operaciones de vivienda pública. La cantidad de fondos que reciben depende del número de unidades de vivienda pública y del monto del alquiler recaudado de las familias que residen en dichas unidades.

Las familias de viviendas públicas viven en unidades de propiedad y administradas por la HA. Como la HA es el propietario, una familia firma un contrato de arrendamiento con la HA. Cuando se rescinde el contrato de arrendamiento de una familia, el subsidio de vivienda pública permanece en la unidad, no en la familia.

¿Cuáles son tus derechos?

    Tiene derecho a recibir una notificación por escrito sobre cualquier decisión adversa que la HA haya tomado en su contra.

    Tiene derecho a solicitar una audiencia informal de quejas para disputar cualquier decisión adversa tomada por la HA en su contra.

    Tiene derecho a revisar cualquier evidencia que la HA planee usar en su contra en una audiencia informal de quejas.

    Tiene derecho a copiar documentos en su archivo HA pagando una pequeña tarifa.

    Tiene derecho a ser representado por un abogado en una audiencia informal de quejas o en una audiencia de desalojo.

    Tiene derecho a testificar, presentar pruebas y hacer preguntas a cualquier testigo durante una audiencia informal de quejas o de desalojo.

    Tiene derecho a recibir una decisión final por escrito de la audiencia informal de queja.

    Tiene derecho a presentar una queja ante la HA, la policía local o el HUD sobre las condiciones de su unidad.

    Debido al número limitado de unidades de vivienda pública disponibles, las familias elegibles a menudo se colocan en una lista de espera. Las HA locales han establecido políticas para abrir, cerrar, seleccionar y eliminar familias de las listas de espera. Esas políticas no pueden discriminar por motivos de color, discapacidad, situación familiar, origen nacional, raza, religión o sexo. 

    Generalmente, las HA publican listas de espera en línea, en sus oficinas o en los periódicos locales.

    Las familias a las que se les niega la admisión a viviendas públicas deben recibir una notificación por escrito de la HA explicando el motivo de la denegación. Si cree que se le negó la admisión injustamente, puede presentar una solicitud por escrito para una audiencia informal de queja.  

    La HA puede negarle la admisión por uno o más de los siguientes motivos:

    • Ha sido desalojado de una vivienda con asistencia federal por actividad delictiva relacionada con las drogas en los últimos 3 años;
    • Tiene condenas penales previas que amenazan la salud y seguridad de otros residentes o personal;
    • Ha participado en el uso de drogas ilegales;
    • Tiene condenas previas por vender o fabricar drogas en las instalaciones de una vivienda con asistencia federal; 
    • Usted es un delincuente sexual registrado: a estas personas se les niega permanentemente la admisión; o
    • Su uso de marihuana medicinal. 

    Debido a que las normas de admisión para la vivienda pública no son uniformes dentro de un estado, condado o ciudad, las autoridades locales de vivienda deben adoptar una Política de Admisión y Ocupación Continua (ACOP, por sus siglas en inglés) por escrito , que establezca las normas para su programa, de conformidad con las regulaciones del HUD. La ACOP debe estar disponible para el público.

    Su familia puede elegir entre dos opciones: renta fija o renta variable. La renta fija se basa en el precio de mercado justo para viviendas similares sin subsidio en la zona. La renta variable equivale al 30 % de los ingresos mensuales ajustados de la familia (que se explican más adelante), menos cualquier subsidio para servicios públicos.

    Independientemente de la opción de alquiler seleccionada, su familia debe pagar al menos el alquiler mínimo establecido por la HA, que puede llegar hasta $50. En cualquier momento, puede cambiar de un alquiler fijo a un alquiler basado en los ingresos debido a dificultades financieras.

    HUD determina los subsidios para servicios públicos cada año para ayudarlo a pagar el costo de los servicios públicos no incluidos en su alquiler. 

    Las asignaciones de servicios públicos se basan en las tarifas actuales y en los estudios de consumo promedio, no en el consumo real de su familia.

    La Autoridad de Vivienda (HA) determina sus ingresos mensuales ajustados restando las deducciones permitidas de sus ingresos brutos anuales y dividiendo luego esa cantidad entre 12.

    Sus ingresos brutos anuales incluyen sueldos, salarios, pago de horas extras, comisiones, honorarios, propinas, bonificaciones y pagos que reciba por servicios personales. También incluye:

    • Ingresos netos de un negocio si trabaja por cuenta propia;
    • Ingresos netos de bienes inmuebles o bienes muebles: alquiler, intereses, dividendos o ganancias de capital (ganancias);
    • Pagos periódicos que recibe del Seguro Social, anualidades, pólizas de seguro, fondos de jubilación, pensiones, beneficios por incapacidad o muerte y otros tipos similares de ingresos periódicos;
    • Compensación por desempleo e incapacidad, compensación laboral e indemnización por despido (ingresos de un empleador donde ya no trabaja);
    • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF);
    • Pensión alimenticia y manutención de los hijos; y
    • Donaciones y obsequios regulares en efectivo.

    Las deducciones obligatorias se enumeran a continuación. Las autoridades sanitarias locales pueden adoptar deducciones adicionales. En tal caso, se publicarán en el ACOP.

    • $480 por cada dependiente;
    • $400 para cualquier familiar anciano o discapacitado;
    • Una deducción por gastos de cuidado de niños necesarios para permitir que un miembro de la familia vaya al trabajo o a la escuela;
    • Gastos médicos no reembolsados ​​de cualquier familiar anciano o discapacitado, si el monto es superior al 3% del ingreso anual de la familia; y
    • Gastos de cuidado infantil necesarios para que un miembro de la familia pueda ir al trabajo o a la escuela.

    Cada año, la HA completará una recertificación anual para determinar si su familia todavía es elegible para recibir vivienda pública. Durante la recertificación, debe proporcionar todos los documentos de ingresos solicitados por la HA. Su familia o la HA también pueden solicitar una recertificación provisional cuando haya un aumento o disminución en los ingresos de su familia.

    Estos cambios de ingresos pueden afectar el monto del alquiler que paga o el tamaño de la unidad para el que es elegible. Si los ingresos de su familia aumentan lo suficiente como para pagar una vivienda en el mercado privado, la HA puede decidir que usted ya no es elegible para una vivienda pública.

    La HA puede rescindir el contrato de arrendamiento de una familia que reside en una vivienda pública por violaciones graves o repetidas del contrato de arrendamiento o por otra buena causa. 

    Los avisos de terminación deben realizarse por escrito, describir específicamente la supuesta violación e informarle de su derecho a solicitar una audiencia informal de queja. 

    Dependiendo de la infracción, su familia tendrá de 7 a 30 días para corregir el problema. Sin embargo, es posible que las leyes estatales o federales no permitan ninguna oportunidad de corregirlo. 

    Ejemplos comunes de “buena causa” incluyen:

    • Falta de pago del alquiler u otras cantidades que se suponía que debía pagar;
    • Condena penal por vender o fabricar drogas en las instalaciones de cualquier propiedad de vivienda con asistencia federal;
    • Participar en actividades delictivas relacionadas con las drogas dentro o fuera de las instalaciones;
    • Participar en actividades delictivas que amenacen la salud y seguridad de otros residentes o personal;
    • Usar drogas ilegales o abusar del alcohol;
    • Personas que viven con usted sin permiso escrito de la HA;
    • Mentir o cometer fraude durante el proceso de solicitud o recertificación;
    • No notificar con prontitud a la HA sobre los cambios en el tamaño o los ingresos de su familia; y
    • No completar la recertificación a tiempo.

¿Qué es lo que hay que hacer?

    Revise detenidamente su contrato de arrendamiento, el procedimiento de quejas y cualquier aviso que reciba de la HA.

    Solicite copias de cualquier evidencia que la HA planee usar en su contra en una audiencia informal de quejas.

    Si recibió una notificación de despido de la HA y no se va antes de la fecha indicada en ella, la HA debe presentar una demanda de desalojo para expulsarlo de la vivienda pública. La citación y demanda de desalojo pueden serle entregadas personalmente o publicadas en su puerta por el alguacil o un notificador certificado. Esto se denomina "notificación". Si la citación y demanda de desalojo se publican en su puerta, el secretario también debe enviarle una copia por correo.

    Debe presentar una contestación ante el tribunal dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la citación y la demanda. Si no presenta una contestación a tiempo, la Autoridad de Vivienda (HA) podría ganar automáticamente el caso de desalojo.

    En su Contestación, admita o niegue cada párrafo de la Demanda y plantee cualquier defensa.

    El “registro del tribunal” es como una cuenta bancaria que el tribunal utiliza durante su caso de desalojo. Mientras su caso esté pendiente ante el tribunal, debe depositar el alquiler en el registro del tribunal cada mes cuando venza. 

    Si no está de acuerdo con el monto de alquiler que la HA afirma que debe, puede solicitar al tribunal que programe una audiencia para determinar el monto correcto. Debe adjuntar documentación de respaldo a su Moción para Determinar el Alquiler, como un comprobante de pago.

    Si no deposita el alquiler en el registro del tribunal a tiempo o no le pide al tribunal que determine la cantidad correcta de alquiler que debe, la HA puede ganar automáticamente el desalojo.

    En un caso de desalojo, la HA es el demandante y usted es el demandado. Plantear defensas en su respuesta puede evitar que lo desalojen. A continuación se muestra una lista de defensas comunes que pueden aplicarse a su situación.

    La persona que presentó la demanda de desalojo (el demandante) carece de legitimación procesal. Esto significa que el demandante no tiene derecho a presentar la demanda ante el tribunal. Esta defensa se utiliza comúnmente si la autoridad de vivienda no es propietaria del inmueble.

    El desalojo es irrelevante. Esto significa que el desalojo ya no es pertinente porque usted ya se mudó.

    Usted está reteniendo el alquiler a pesar de haber entregado el Aviso de 7 días dentro del plazo establecido. Su Aviso de 7 días a la Autoridad de Vivienda (HA) debe especificar las reparaciones necesarias y su intención de retener el alquiler si no se completan en un plazo de 7 días. Para obtener más información, visite nuestra sección de Derechos de los Inquilinos y Desalojos .

    Usted no recibió la notificación del propietario, tal como lo exige la ley . Esto significa que la Autoridad de Vivienda no le notificó por escrito la infracción antes de presentar una demanda de desalojo ante el tribunal.

    El aviso que recibió de la HA exige dinero que no se considera alquiler ni alquiler adicional en su contrato de arrendamiento.

    El aviso es confuso o contiene instrucciones contradictorias.

    El aviso no le brinda tiempo suficiente para corregir la infracción.

    El aviso no proporciona suficiente información para que usted comprenda la infracción. 

    La HA no le informa sobre su derecho a solicitar una audiencia informal de quejas.

    La HA no le permite solicitar una audiencia informal de quejas.  

    La HA no mantiene la unidad después de que usted haya proporcionado oportunamente un Aviso de 7 días. 

    La Autoridad de Vivienda (HA) toma represalias. Esto significa que la HA aumenta su alquiler, reduce los servicios que se le prestan o inicia/amenaza con iniciar un proceso de desalojo en su contra, en respuesta a que usted ejerza sus derechos como inquilino.

    Si la HA gana el desalojo, el sheriff le entregará un aviso de 24 horas para que abandone la unidad. Esto se llama "orden de posesión". Si no abandona la unidad dentro de las 24 horas, la HA puede cambiar las cerraduras y retirar sus pertenencias personales.

¿Qué considerar antes de actuar?

    Asegúrese de presentar una solicitud por escrito para una audiencia informal de quejas antes de la fecha límite indicada en el aviso.

    Esté preparado para presentar todas las pruebas (documentos, correos electrónicos, informes, testigos, etc.) que respalden su posición durante una audiencia informal de queja o de desalojo.

    Notifique inmediatamente a la HA si necesita reprogramar la audiencia de queja informal debido a circunstancias imprevistas.

    Tiene derecho a grabar la audiencia informal de quejas. Sin embargo, consulte al funcionario de la audiencia sobre la política de la HA de antemano.

    Hoja informativa sobre vivienda pública del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano: https://www.hud.gov/topics/rental_assistance/phprog

    Para encontrar su agencia local de vivienda pública: https://www.hud.gov/program_offices/public_indian_housing/pha/contacts

    Para obtener información adicional sobre las opciones de vivienda locales y los límites de ingresos, visite la página de Florida del HUD: https://www.hud.gov/states/florida