Beneficios para veteranos

Los beneficios más comunes a los que pueden tener derecho los veteranos son la pensión no relacionada con el servicio y la compensación por discapacidad relacionada con el servicio del VA. Los requisitos de elegibilidad para estos beneficios se describen en esta página. Debido a la naturaleza complicada y, a veces, prolongada del proceso de reclamos y apelaciones del VA, se recomienda encarecidamente que busque asesoramiento de un abogado acreditado por el VA o de un oficial de servicios para veteranos en su condado antes de solicitar los beneficios.

¿Cuáles son tus derechos?

    Mire este video de capacitación comunitario grabado de 45 minutos sobre los beneficios para veteranos que podrían estar disponibles para usted.

    Presentado por Community Legal Services y el Consejo Asesor de Veteranos del Alcalde de la Ciudad de Orlando.

    Un veterano puede solicitar una pensión o compensación en cualquier momento de su vida. Ninguno de estos beneficios se otorga automáticamente a los veteranos: debe solicitarlos y ser elegible ante la Administración de Beneficios para Veteranos (VBA). Si le niegan cualquiera de estos beneficios, tiene un año para presentar una apelación a fin de preservar su fecha de vigencia original (la fecha en que solicitó los beneficios por primera vez).

    Tipos de pensión no vinculada al servicio:

    Veterano de guerra: sirvió durante una época de guerra según lo define el Congreso. No es necesario que haya servido en combate para ser un veterano de guerra, pero debe haber servido al menos un día de servicio activo durante una época de guerra.  

    Discapacitado e incapacitado para trabajar debido a condiciones no relacionadas con su servicio militar o mayor de 65 años (en cuyo caso no tiene que demostrar la discapacidad).

    Bajos ingresos: esta prestación se basa en los ingresos, por lo que cualquier ingreso que tenga su hogar se restará de la cuantía de la pensión. Visite esta página web para consultar el importe anual más actualizado de la prestación.

    Este recurso de vídeo contiene explicaciones sobre las pensiones y los beneficios por discapacidad relacionados con el servicio.

    Presentado por Community Legal Services y el Consejo Asesor de Veteranos del Alcalde de la Ciudad de Orlando.

    Debe haber sufrido una lesión o un evento traumático durante el servicio y/o tener un diagnóstico que comenzó o se agravó durante el curso del servicio activo, incluido el entrenamiento de servicio activo.

    Usted debe tener actualmente el diagnóstico por el cual está solicitando la indemnización. 

    Debe existir un nexo (conexión) médico entre su lesión/discapacidad militar y su discapacidad actual.  

    El sistema de calificación de la VA asigna diferentes porcentajes según la gravedad de sus discapacidades. Las calificaciones individuales se combinan para determinar su calificación general de discapacidad y el pago correspondiente. Haga clic AQUÍ para obtener más información.

    Este no es un beneficio basado en ingresos, por lo que puede seguir trabajando (a menos que se le otorgue el 100 % en función de la inempleabilidad) y sus ingresos no afectarán su pago por discapacidad.

    Es posible que reciba el Seguro por Discapacidad del Seguro Social (SSDI) y las prestaciones por discapacidad relacionadas con el servicio militar del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) al 100% al mismo tiempo, ya que ninguna de estas prestaciones se basa en los ingresos.

¿Qué es lo que hay que hacer?

    Presente el formulario VA 21P-527EZ y el formulario DD 214, que el funcionario militar completará en su nombre, junto con cualquier documento justificativo necesario para solicitar la pensión. Dependiendo de su situación financiera, es posible que también deba presentar el formulario VA 21P-0969 con información financiera más detallada. Cada formulario incluye instrucciones sobre los documentos justificativos requeridos. Asimismo, deberá presentar pruebas de las personas a su cargo que desee incluir en su pensión (certificado de matrimonio para su cónyuge y certificados de nacimiento para hijos biológicos, adoptados o hijastros).

    Presente el formulario VA 21P-527EZ , el formulario DD 214 y cualquier otro documento o formulario justificativo necesario para solicitar la prestación. También deberá presentar pruebas de las personas a su cargo que desee incluir en su solicitud (certificado de matrimonio para su cónyuge y certificados de nacimiento para hijos biológicos, adoptados o hijastros).

    Si se le concede una calificación de discapacidad del 30% o más, recibirá una pequeña cantidad adicional de compensación mensual para su cónyuge y/o hijos.

    El VA lo enviará a un examen de compensación y pensión (C&P) para determinar si existe un nexo médico. Si el examen C&P es negativo, es posible que deba presentar una opinión médica privada (a su propio cargo) al VA para ganar su reclamo.

    Tienes varias opciones para apelar una decisión del Departamento de Asuntos de Veteranos (VA). Visita nuestra página de información sobre apelaciones para obtener más detalles.

¿Qué considerar antes de actuar?

    Reúna todos los documentos que le sean útiles para demostrar su elegibilidad para la pensión o compensación y, de ser posible, preséntelos todos a la vez. Si solicita una pensión por discapacidad relacionada con el servicio militar, se recomienda obtener una copia de su expediente personal antes de presentar la solicitud para poder señalar la documentación específica que demuestra que se trató de una lesión o agravamiento relacionado con el servicio. Puede solicitar su expediente personal por cualquiera de los medios indicados por el Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) en https://www.va.gov/records/get-military-service-records/.

    El Departamento de Asuntos de Veteranos (VA) le enviará cartas si necesita información adicional durante el proceso de reclamación o apelación, así que asegúrese de mantener su dirección actualizada y de responder con prontitud a cualquier carta. Recuerde que la Administración de Beneficios para Veteranos (VBA) es completamente independiente de la Administración de Salud para Veteranos (VHA) , por lo que si actualiza su dirección en una, no se actualizará automáticamente en la otra agencia.