Discriminación en los Préstamos

Su raza, color, religión, sexo, estado familiar u origen nacional nunca debería afectar su capacidad para calificar para una hipoteca; este concepto se denomina “préstamos justos”. Los préstamos justos son un derecho que le otorga la Ley Federal de Vivienda Justa, con igual protección que ofrece la Ley de Vivienda Justa de Florida.

Todo el proceso del préstamo hipotecario, desde los anuncios hasta el cierre, tiene el potencial de ocultar un comportamiento discriminatorio o preferencial. Es fundamental comprender dónde buscar y qué buscar, para que usted pueda estar seguro de que no se está convirtiendo inadvertidamente en víctima de discriminación en los préstamos.

Lea los subtemas a continuación para obtener más información.

Si usted cree que ha sido discriminado y necesita asesoría o asistencia legal, comuníquese con CLSMF (800-405-1417).

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¿CUÁLES SON SUS DERECHOS?

    Como se indica en la página de préstamos justos del HUD

    “La Ley de Equidad en la Vivienda establece que es ilegal discriminar a alguien por motivos de raza, color, religión, sexo, estado familiar, origen nacional o discapacidad en cualquier etapa del proceso hipotecario, lo que incluye:

    • Aprobaciones y rechazos
    • Términos, por ejemplo, tasas de interés, puntos, tarifas y otros costos
    • Publicidad
    • Servicios de corredores hipotecarios 
    • Tasaciones de propiedades
    • Servicios hipotecarios
    • Asistencia para modificación de préstamos hipotecarios
    • Seguro para propietarios de viviendas

    Los préstamos que se encuentran bajo las protecciones contra la discriminación de la Ley de Vivienda Justa incluyen los préstamos “que están garantizados por bienes raíces residenciales o que son para la compra, construcción, mejora, reparación o mantenimiento de una vivienda. Esto incluye hipotecas, refinanciamiento, préstamos con garantía hipotecaria y préstamos para mejoras en el hogar”.

    Negar una hipoteca o cobrar una tasa de interés más alta porque la propiedad está ubicada en un vecindario compuesto en su mayoría por una minoría;

    Brindar una experiencia de servicio al cliente diferente a los solicitantes de hipotecas según su raza, color, religión, sexo, estado familiar, origen nacional o discapacidad;

    Negarse a considerar los ingresos relacionados con la discapacidad de un solicitante de hipoteca, como el SSI o SSDI;

    Dirigir a un prestatario a un préstamo con términos menos favorables debido a su raza, color, religión, sexo, estado familiar, origen nacional o discapacidad;

    Dirigirse a una comunidad minoritaria para obtener asistencia fraudulenta para modificar préstamos hipotecarios; y

    Negarse a otorgar hipotecas a las mujeres con licencia de maternidad.

    También hay algunas señales de advertencia menos evidentes a lo largo del proceso de préstamo hipotecario que el HUD recomienda que usted tenga en cuenta, que incluyen:

    • Comercialización con solicitudes agresivas que contienen términos de crédito adversos que tienen como objetivo los vecindarios, grupos raciales o étnicos y comunidades minoritarios; 
    • Publicidad que se dedica a dirigir a las personas hacia prestamistas de alto costo por su raza;
    • Exigir que las mujeres, pero no los hombres, proporcionen un codeudor para un préstamo;
    • Costos de cierre innecesarios;
    • Costos de tasación inflados;
    • Honorarios de corredores o prestamistas inflados;
    • Tarifas de grabación innecesarias;
    • Sanciones excesivas por pagos anticipados; 
    • Cambiar los términos del préstamo hipotecario al momento del cierre sin el consentimiento del prestatario;
    • Casas infravaloradas durante la tasación debido a la raza del prestatario o de los vecinos de la propiedad; y
    • Las prácticas de cobro o ejecución hipotecaria se aplicaron con más severidad debido a la raza o nacionalidad del prestatario o de los vecinos de la propiedad.

    Para obtener más información sobre las prácticas crediticias injustas, haga clic aquí para visitar nuestra página web. 

¿QUÉ DEBE HACER?

    Lleve un diario de su experiencia de discriminación crediticia. Escriba cualquier conversación o interacción que haya tenido, ya sea que ocurrieron en el pasado o en la actualidad, para crear una línea de tiempo de su experiencia. 

    Recuerde, tiene 1 año a contar desde el presunto acto de discriminación para presentar una queja administrativa ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano.  

    Además, tiene 2 años para presentar una queja en un tribunal federal por el último presunto acto de discriminación. 

    Registre con quién habló, cuándo habló con ellos, qué se dijo y los testigos que estuvieron presentes. Escriba una lista de todas las personas involucradas.

    Reúna todos los documentos que recibió relacionados con su hipoteca y guarde los correos electrónicos, mensajes de voz telefónicos, cartas escritas o cualquier otra correspondencia relacionada con su experiencia.

    Tiene derecho a presentar una queja directamente ante el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano.

    Presentar una queja no afectará su préstamo hipotecario actual.

    El HUD puede remitir su caso a una agencia local apropiada para su investigación. Como parte del Programa de Asistencia de Vivienda Justa, el HUD ha certificado que estas agencias cumplen con los mismos estándares de procedimientos, investigaciones y recursos que el HUD. 

    El HUD también puede tomar acción en su nombre si ocurre alguna de las siguientes situaciones:

    • Han pasado más de 30 días desde que presentó su queja y su agencia local certificada no ha iniciado los procedimientos;
    • Su agencia local certificada no está llevando a cabo los trámites de manera rápida; y
    • El HUD decide que su agencia local ya no cumple con los requisitos para la certificación del HUD.

    Las quejas ante el HUD pueden presentarse por correo, enviando formularios en línea, por correo electrónico o por teléfono. Cualquiera puede presentar una queja y se ofrece ayuda adicional para personas con discapacidades y personas que no hablan inglés. 

    Para presentar una queja u obtener más información sobre el proceso, vaya a la página del HUD sobre cómo Presentar una Queja: https://www.hud.gov/program_offices/fair_housing_equal_opp/online-complaint

    También puede hablar con un especialista en admisión del HUD al 1-800 -669-9777 o 1-800-877-8339, TTY: 1-800-877-8339.

    Si bien el proceso que se describe a continuación se aplica a las investigaciones del HUD, puede esperar razonablemente un procedimiento similar por parte de su agencia local certificada por el HUD.

    El HUD asignará investigadores a su caso que le pedirán información sobre su reclamo de discriminación. Querrán saber el cronograma de los eventos, las ubicaciones relevantes, cualquier persona involucrada, los testigos presentes o cualquier otra persona que pueda tener información sobre su queja, y cualquier documentación que tenga para respaldar su caso.

    HUD puede recopilar sus propias pruebas además de las que usted les proporciona. Pueden realizar entrevistas o inspecciones de propiedad, recopilar documentación adicional o utilizar otros métodos a lo largo de su investigación.

    Se notificará al prestamista contra el que presentó la queja y tendrá la oportunidad de responder.

    HUD le enviará un informe escrito notificándole sus hallazgos una vez que finalice la investigación. Esto se llama una “Carta de conclusiones”. Si usted, o la parte contra la que presentó la queja, no está de acuerdo con la información presentada en la Carta de conclusiones, tiene 30 días para solicitar una revisión. HUD revisará sus hechos y su determinación, y decidirá si lo cambia o lo deja como está.

    Una vez que se complete la investigación, el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano le notificará uno de dos posibles resultados:

    1. Determinación de Causa Razonable y un Cargo de Discriminación:
      Estos se emitirán si la investigación del HUD los llevó a concluir que había una causa razonable por la que consideran que hubo discriminación. Usted y la parte contra la que presentó la solicitud tienen 20 días a partir de esta notificación para decidir si su caso se presenta ante un juez del Tribunal de Distrito Federal o un Juez de Derecho Administrativo del HUD.
    2. Determinación de Ausencia de Causa Razonable e Inadmisibilidad:
      Este se emitirá si la investigación del HUD no encontró evidencia suficiente para respaldar una creencia razonable de que ocurrió discriminación. Si bien no existe un proceso formal escrito en la Ley de Vivienda Justa para apelar esta decisión, el HUD le permite solicitar una reconsideración escribiendo a: Director, FHEO Office of Enforcement, U.S. Department of Housing and Urban Development, 451 7th Street, SW, Room 5226, Washington, DC 20410-2000.

    Si se ha emitido una Determinación de Causa Razonable y un Cargo de Discriminación, usted o el prestamista contra el que usted presentó la demanda pueden elegir que su caso sea escuchado por un juez del Tribunal Federal de Distrito. Esta elección debe hacerse dentro de los 20 días posteriores a la fecha en que recibió la notificación de la decisión.

    El HUD remitirá su caso al Departamento de Justicia de los EE. UU., quien presentará una demanda civil en su nombre en el distrito donde tuvo lugar la discriminación. Usted o el prestamista en contra del que presentó la solicitud también pueden optar por un juicio con jurado. Puede elegir ser representado por el defensor público designado por el Departamento de Justicia o por su propio abogado.

    Si el tribunal falla a su favor, se le podría ordenar a la persona contra la que presentó la demanda que le compense por los daños (gastos, angustia emocional y daños punitivos), que pague los honorarios de su abogado o que le proporcione una vivienda. Además de las consecuencias financieras, la parte infractora podría quedar sujeta a una orden judicial de no discriminar.

    Si se ha emitido una Determinación de Causa razonable y un Cargo de Discriminación, y ni usted ni la parte contra la que presentó la solicitud eligieron tener un juicio civil federal dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la notificación de la decisión, su caso será escuchado por un Juez de Derecho Administrativo (ALJ, por sus siglas en inglés) del HUD.

    Usted puede elegir ser representado por el defensor público designado por el HUD o por su propio abogado.

    Si el ALJ dictamina que se produjo una violación de la Ley de Equidad en la Vivienda, puede ordenar a la persona contra la que presentó la demanda que lo compense por los daños (gastos, angustia emocional), que pague los honorarios de su abogado, pague una multa civil o que ponga una vivienda a su disposición. Además de las consecuencias financieras, la parte infractora podría quedar sujeta a una orden judicial de no discriminar.

¿QUÉ DEBE CONSIDERAR ANTES DE TOMAR ACCIÓN?